SERVICIOS
Asesoría fiscal
Te ayudamos a tramitar el papeleo y con la defensa ante tus obligaciones tributarias. Somos profesionales en el trabajo con la administración tributaria, tanto para personas físicas como para personas jurídicas.
Cuenta con nuestra ayuda como asesoría fiscal y contable en Mollet del Vallés
, y despreocúpate de llevar un control exhaustivo en este sentido. Confía en nuestro desempeño profesional y consigue el mejor resultado.
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Asesoría laboral
Gestionamos todos los ámbitos relacionados con el sector laboral. Si cuentas con una empresa o eres autónomo, es posible que te surjan dudas, además de compromisos, en cuestión de trabajo. Ahí es donde entramos nosotros, pues pasamos a tramitar contratos, bajas, despidos y diferentes situaciones que se pueden dar.
En Gabinet Emiliano i Associats, S.L. somos tu asesoría laboral en Mollet del Vallés
de calidad. Buscamos tu satisfacción con el objetivo de crecer junto a ti.
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Asesoría contable
Gestionamos y supervisamos, de forma diaria, el apartado contable de tu negocio. Nuestra plantilla profesional está especializada en realizar balances y cuentas de resultados, con un objetivo específico como es que tengas el mayor control sobre tu empresa.
Por ende, somos tu asesoría fiscal y contable en Mollet del Vallés
de confianza. Te damos todos los detalles de nuestro trabajo, y así también conoces de primera mano todos los pasos que seguimos para darte el mejor servicio contable.
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Gestoría para autónomos, pymes y sociedades
En Gabinet Emiliano i Associats, S.L. te damos el mejor servicio de gestoría de autónomos en Mollet del Vallés. Somos profesionales en este sentido, y te queremos dar un gran resultado ante cualquier trámite que puedas tener como autónomo, con tu pyme o también en sociedades.
¿Qué necesitas? Cuéntanoslo y te apoyamos de forma profesional. Como especialistas en este sector, trabajamos por la consecución de tus objetivos.
¡Llámanos cuando quieras!
Correduría de seguros
Trabaja con nosotros y recibe el mejor servicio de correduría de seguros en Mollet del Vallés
. Somos profesionales y queremos que cuentes con nuestra ayuda para todo tipo de trámites en cuestión de seguros, sean pólizas o siniestros.
Comunica el servicio que te hace falta a nuestros profesionales. Disponemos de una plantilla totalmente especializada y formada en seguros para darte lo que precisas.
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Declaraciones de la renta
Te ayudamos a realizar la declaración de la renta. Si desconoces el procedimiento para formalizar este trámite, nosotros te ofrecemos una ayuda profesional.
Nuestro equipo especializado te facilita todo el papeleo que necesitas, y te confecciona la declaración de la renta completa. Confía en nuestro trabajo y asegura la declaración a nuestro lado. Recuerda que iniciamos la campaña el 1 de Mayo.
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SE AMPLIA EL IMPORTE PARA APLAZAMIENTOS DE IMPUESTOS EN HACIENDA
Con efectos desde el día 15 de abril de 2023, la Agencia Tributaria flexibiliza los aplazamientos para facilitar la liquidez de los contribuyentes
Junto a la Orden HFP/311/2023, de 28 de marzo (BOE 31-03-2023) se han dictado dos Instrucciones:
Instrucción 1/2023, de 31 de marzo, de la Directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria sobre las garantías necesarias para la concesión de aplazamientos y fraccionamientos de pago, y para obtener la suspensión de los actos administrativos objeto de recurso y reclamación
Instrucción 2/2023, de 3 de abril, de la Directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre gestión de aplazamientos y fraccionamientos de pago
Ambas instrucciones, con entrada en vigor el día 15 de abril de 2023, van a permitir dar una mayor flexibilización en el pago de deudas a través de la figura de los aplazamientos y fraccionamientos de pago a aquellos ciudadanos que así lo necesiten, así como en la constitución de garantías. Entre otras medidas, cabe destacar las siguientes:
Aumento de los plazos de concesión
Tramitación de forma automatizada en los aplazamientos hasta 50.000 euros, cuya tramitación y concesión podrán ser realizadas en cuestión de segundos
Amplio abanico de posibilidades para constituir garantías en los aplazamientos o fraccionamientos superiores a 50.000 euros que precisen la constitución de garantías
Nuevo sistema de cotización de autónomos
El pasado día 27 de Julio, el Consejo de Ministros aprobó el nuevo sistema de cotización de los autónomos.
El esquema aprobado, empezará a aplicarse en Enero de 2023 y se mantendrá, tal y como está ahora planteado, hasta 2025. A partir de esa fecha se someterá a revisión y se podrán aplicar cambios en función de la situación económica del momento. Estas revisiones se realizarán cada tres años hasta el año 2032.
El sistema está dividido en 15 tramos con diferentes cuotas que van, en el primer año, de los 230,00€ hasta los 500,00€, en función de los rendimientos netos de cada autónomo. Se entiende por rendimiento neto la diferencia entre los ingresos y los gastos. La cuota a pagar podrá modificarse cada dos meses, dependiendo del rendimiento.
Así, un autónomo que tenga un rendimiento mensual de menos de 670,00€ al mes, la cuota del autónomo a pagar será de 230,00€, hasta aquellos autónomos que tengan un rendimiento mensual superior a 6.000,00€ que pasarán a pagar una cuota de autónomo de 500,00€ durante el ejercicio 2023.
Adjuntamos el esquema completo con los distintos tramos.
Obligatorietat del Protocol d’assetjament sexual i assetjament per raó de sexe.
Tal i com marca la Llei Orgànica 3/2007 de 22 de març per la Igualtat efectiva entre dones i homes en el seu article 48, estableix la obligatorietat per totes les empreses a promoure condicions que eviten l’assetjament sexual i el assetjament per raó de sexe, arbitrant procediments específics per la seva prevenció i per donar resposta a les denúncies o reclamacions que es puguin donar.
L’objectiu és que les empreses portin a terme un protocol d’actuació per tal de respectar la igualtat de tracte i d’oportunitats, treballant en un una política de prevenció que tracti d’eliminar qualsevol mena d’assetjament o discriminació laboral entre dones i homes que comportin situacions no desitjades.
Les mesures preventives que les empreses hauran de portar a terme es basen en la formació i sensibilització, fent-ne difusió entre tot el seu personal, i vetllant de forma permanent perquè no es produeixin incidents d’aquest tipus. És important que les empreses siguin proactives davant aquest tipus de situacions i elaborin protocols a mida per cada tipus d’empresa, en funció de quines siguin les seves característiques i necessitats, per tal d’evitar totes aquelles conductes i pràctiques inadequades que influeixin negativament en la salut de les persones treballadores.
Les sancions que es poden imposar a les empreses per no tenir instaurat un protocol d’assetjament estan tipificades a la Llei d’Infraccions i Sancions de l’Ordre Social (LISOS) com una infracció Molt Greu, que poden oscil·lar amb multes d’entre 7.501 i 225.018 euros.
La limitación de pagos en efectivo
Con la aprobación de la Ley 11/2021, el punto 1 del apartado Uno relativo al ámbito de aplicación de la Ley 7/2012, queda redactado de la siguiente manera:
"No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.
No obstante, el citado importe será de 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional”.
La nueva redacción del apartado Uno del artículo 7 de la Ley 7/2012 se aplicará a todos los pagos efectuados a partir del día 11 de Julio de 2021, aunque se refieran a operaciones concertadas con anterioridad al establecimiento de la limitación.
En lo relativo a las infracciones y sanciones también se producen modificaciones, ya que, aunque la infracción sigue tipificándose como grave y la infracción sigue considerándose administrativa, al modificarse los límites cambia la redacción del punto 4 del apartado Dos que queda definido de la siguiente manera:
“La base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000 euros, o su contravalor en moneda extranjera, según se trate de cada uno de los supuestos a que se refiere el número 1 del apartado Uno, respectivamente”.
Además, también cambia el punto 5 de dicho apartado al incluirse determinados supuestos de reducción de la sanción, de manera que queda de la siguiente forma:
“La sanción consistirá en multa pecuniaria proporcional del 25 por ciento de la base de la sanción prevista en el número anterior salvo que concurra un supuesto de reducción de la sanción al que se refiere el número 5 del apartado Tres de este artículo”.